Las comunidades de vecinos son una fuente ingente de problemas de convivencia. Instalación de ascensores, vecinos morosos, pago de derramas, contratación de servicios, vecinos ruidosos…son situaciones más que habituales que tiene que resolver una empresa de administración de fincas en Móstoles. Cada comunidad puede tener su propio estatuto, aunque una norma rige todo lo relativo a las comunidades: la Ley de Propiedad Horizontal.

En Administración de Fincas López Olmedo nos hemos propuesto darte algunas claves para sobrevivir en tu comunidad de vecinos. Por ejemplo, has de saber que si te toca ser presidente o si alguien a quien le haya tocado se niega, no puede hacerlo. Salvo circunstancias muy excepcionales que, además, tiene que determinar un juez, es obligatorio aceptar y llevar a cabo el cargo de presidente de la comunidad. También son obligatorias las derramas, sólo para propietarios del inmueble, salvo que la propia comunidad exima del pago a alguno de los vecinos en una junta.

Pero, ¿qué pasa con los espacios comunes? ¿Se pueden utilizar para uso personal? En algunas comunidades hay azoteas o patios en los que se tiende ropa, se instalan piscinas portátiles o se celebran barbacoas y reuniones. La Ley de Propiedad Horizontal establece que todo propietario tiene derecho a disfrutar las instalaciones de un inmueble, pero siempre y cuando no suponga un abuso o un ejercicio antisocial del mismo. En todo caso, suele requerirse de permiso expreso de la comunidad de vecinos.

Por último, la presencia de animales siempre genera problemas para un servicio de administración de fincas en Móstoles. Salvo que los estatutos lo prohíban, se puede tener animales de compañía, pero con obligación de evitar que ocasionen molestias como ladridos de perros, denunciables en determinadas circunstancias.