Gracias a la nueva Ley de Propiedad Horizontal, las consecuencias de la morosidad en el pago de la cuota de la comunidad se han endurecido y agilizado sus trámites en los juzgados, servicio que ofrecemos en la gestión de comunidades de propietarios para garantizar una cobertura global de sus necesidades diarias y extraordinarias.

El procedimiento monitorio, que es como se llama el proceso de gestión de morosos en comunidades, establece que en caso de incumplimiento de la ley que determina que el propietario de un inmueble tiene la obligación de pagar los gastos y derramas correspondientes a su participación en la forma y plazos determinadas por la junta de propietarios, el presidente o administrador puede demandarlo ante los juzgados correspondientes a la localidad, lo que puede implicar las siguientes consecuencias para el vecino demandado:

1.   En caso de no comparecer u oponerse, el juez puede ordenar la ejecución de sus bienes para cubrir la cantidad debida más los intereses devengados, gastos judiciales y notariales de la comunidad fruto de la demanda

2.   Tiene la obligación de cubrir los gastos devengados del requerimiento, siempre que se justifiquen

3.   La comunidad puede solicitar un embargo de los bienes del demandado que cubran la deuda más los gastos y el juez puede acordar su embargo preventivo, que el vecino moroso demandado puede enervar o levantar el embargo, siempre que presente un aval bancario por la cantidad decretada

En Administración de Fincas López Olmedo siempre proponemos intentar llegar a un acuerdo con el vecino por el bien de la convivencia en la comunidad, pero de no llegarse a un acuerdo, nos encargamos de todos los trámites necesarios dentro de nuestro servicio de gestión de comunidades.